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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3020
ABANDONO DE PERSONAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3020
La responsabilidad en este delito, no desaparece ni se aminora por el hecho cierto de que la esposa del acusado lo haya corrido del hogar, pues tal hecho no lo eximía de la obligación de pasar alimentos a sus hijos menores de edad, y al dejarlos sin medios adecuados a subsistir, cometió el delito de abandono de personas.
Precedentes
Amparo penal directo 9297/42. Sánchez Diego. 11 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.