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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3046
LIBERTAD BAJO FIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3046
Aunque al individuo excarcelado bajo de fianza no se le haya precisado el día de la semana en que debe presentarse ante el Juez de los autos, la omisión de ese requisito no lo libra de la obligación respectiva, ni de sus consecuencias, al tenor del artículo 567 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, debiendo presentarse al juzgado cualquier día, pero todas las semanas, y si no lo hace, esto es motivo legal suficiente para que se le revoque su libertad de que disfruta, independientemente de que se le haya citado por conducto del fiador.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5235/43. Téllez Girón Carlos. 11 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.