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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3445
AMPARO EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3445
En él no pueden tomarse en cuenta los agravios que no se hicieron valer en el recurso de apelación contra el fallo de primera instancia.
Precedentes
Tomo LXXVIII, página 4986. Indice Alfabético. Amparo directo 6232/43. Ruiz José Dolores. 17 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos L. Angeles.
Tomo LXXVIII, página 3445. Amparo penal directo 6221/43. Góngora Novelo Juan. 17 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos L. Angeles.