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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4301
MALA CONDUCTA, ELEMENTOS PARA JUSTIFICARLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4301
No deben tomarse en consideración hechos anteriores a la fecha en que compurgó al acusado la pena que le fue impuesta en el primer proceso que se le instruyó por el delito de vagancia y malvivencia, pero sí deben tenerse en cuenta los nuevos datos posteriores, si no se demuestra su falsedad.
Precedentes
Amparo penal directo 2905/39. Contreras Torres Manuel. 1o. de diciembre de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.