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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
307207
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4638

AUDIENCIA EN EL AMPARO, NOTIFICACION DE LA RESOLUCION QUE LA ANTICIPA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4638

Precedentes

Amparos civiles acumulados en revisión 2797/43. García Modesto y Sánchez Salvador. 8 de diciembre de 1943. Mayoría de tres votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente y relator: Hilario Medina. Engrose: Carlos I. Meléndez.
Registro digital (IUS): 307207