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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2062
DEBILES MENTALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2062
Si está comprobada en autos la debilidad mental de la víctima del delito de violación, también está comprobada ésta, pues no sólo al estar privado de razón o de sentido, da lugar a que se considere existente el delito, sino cuando por enfermedad o por cualquiera otra causa, no se pueden resistir los ataques del delincuente.
Precedentes
Amparo penal directo 9026/42. Tapia Muñoz José Concepción. 21 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.