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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3110
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3110
La pena pecuniaria que se impone por reparación del daño, no tiene en manera alguna el carácter de accesoria, sino que corresponde a una de las dos diversas sanciones que origina el delito, y a diferencia de la multa, que sí puede ser accesoria en algunas ocasiones no es sustituible por la pena de prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9966/42. Martínez Barquín Dámaso. 2 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.