Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/307348
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4895
REPARACION DEL DAÑO, ESTIMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4895
Si el ofendido por el delito de daño en propiedad ajena, estimó el valor de los objetos destruidos en determinada cantidad, y fueron valorizados pericialmente en una suma mayor de aquélla, debe tomarse para la sanción correspondiente a la reparación del daño, la suma fijada por el ofendido.
Precedentes
Amparo penal directo 1181/43. Castañeda García Javier. 26 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.