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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307359
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5153
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5153
Aunque se haya concedido el amparo en contra de ella, esto es sin perjuicio de diligencias posteriores que se practiquen en la averiguación respectiva, y si de las mismas se deducen nuevos datos en contra del acusado, el Ministerio Público puede legalmente solicitar de nuevo su aprehensión, y si ésta se ajusta a lo dispuesto por el artículo 16 constitucional, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3846/43. Morales Absalón. 27 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.