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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5961
IMPRUDENCIA, DELITOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5961
La Suprema Corte ha sostenido en diversas ejecutorias que la improcedencia de la víctima no exime de responsabilidad al agente del delito, cuando la imprudencia de éste concurre a la realización de la acción antijurídica.
Precedentes
Amparo penal directo 3766/43. Morales Aguilar José. 6 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.