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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 266
ABUSO DE AUTORIDAD, AMPARO CONTRA LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE ALZADA, QUE DECLARA INFUNDADA LA DENUNCIA DE LOS HECHOS INTEGRANTES DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 266
El juicio de garantías es improcedente contra la resolución del tribunal de alzada, por la cual se declara infundada la denuncia de los hechos que el quejoso considera que integran el abuso de autoridad, por parte del Juez de primera instancia respectivo, pues el agraviado puede denunciar los mismos hechos al Ministerio Público, para que este decida si es, o no, el caso de ejercitar la acción penal contra dicho Juez, lo que indica que la resolución de que se trata, no le causa agravios irreparables.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 1403/43. Guizar Valencia Manuel. 2 de abril de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.