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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307446
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1738
HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1738
Aun cuando el quejoso alegue que al disparar su arma, su única intención fue cazar un animal, si dicho disparo se hizo en lugar contiguo a casas habitadas, es indudable que debió prever que era factible que el mismo podía ocasionar la muerte de alguno de sus habitantes; por lo que, aunque no haya habido persona alguna que presenciara el acto del disparo y la situación real que guardaba el cazador en relación con la que correspondía a la víctima, si está comprobado que ese disparo produjo la muerte de ésta y que se hizo en lugar poblado, bastan estas circunstancias para tener por comprobada la imprudencia con que obró el procesado.
Precedentes
Amparo penal directo 10281/42. Espinosa Ramírez Angel. 19 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.