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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2796
LESIONES, ESTIMACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2796
La estimación del término que haya tardado en sanar una herida, sólo puede ser motivo de dictamen facultativo, por lo que el Juez, para imponer la pena debe sujetarse, en todo caso, a lo manifestado por los peritos médicos.
Precedentes
Amparo penal directo 824/43. Gamero Porfirio. 4 de mayo 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.