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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3710
LUCRO EN EL FRAUDE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3710
El lucro, o el ánimo, o la acción de lucrar, es no sólo el propósito de obtener alguna cosa reducida a ganancias pecuniarias, sino que el término "lucro", debe tomarse, para los efectos jurídicos, en su acepción más alta, comprendiendo en ellos el simple uso o la disposición de la cosa, para fines propios o ajenos del agente activo del delito, cualesquiera que ellos sean. Lo decisivo para que el lucro se realice, es que se tome el bien jurídico con el ánimo de disponer de él, según el arbitrio personal del delincuente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8973/42. Tsuru Kiso.- 2 de junio de 1943.- Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.