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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307520
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4198
DETENCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4198
El artículo 16 constitucional no exige la previa comprobación del delito que se imputa al acusado, para dictar su detención, sino solo la denuncia correspondiente y la existencia de datos que hagan probable su responsabilidad; pero para que pueda existir coparticipación en la ejecución de un hecho delictuoso, es evidente que debe comprobarse su existencia, y si ésto no ocurre en el caso a estudio, la detención que se dicte contra el copartícipe es violatoria del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 366/43. Gutiérrez Hermenegildo.- 9 de junio de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.