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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4469
IMPRUDENCIA, DELITOS DE, COMETIDOS EN EL MANEJO DE VEHICULOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4469
Aunque el vehículo tripulado por el quejoso, hubiera quedado averiado en su parte trasera, en tanto que el camión con el que se produjo la colisión, hubiera sufrido desperfectos en su parte delantera, de esa sola circunstancia no puede inferirse la carencia de responsabilidad o de culpabilidad de dicho quejoso, si ésta se desprende en forma indubitable, del dictamen emitido por los peritos de tránsito y de los testimonios de un policía y del chofer del camión.
Precedentes
Amparo penal directo 8140/41. Sánchez Rojas Alfonso. 11 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.