Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/307568
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5376
INSUBORDINACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5376
El delito de insubordinación supone el previo conocimiento de que se falta al respecto a un superior jerárquico; pero la ley no se refiere al conocimiento personal, sino al desconocimiento de la jerarquía militar del ofendido. De manera que si este portaba sus insignias y de ello se percató el ofensor, es incuestionable que existió el delito de insubordinación.
Precedentes
Amparo penal directo 58/1943. Cabrera Oliveros Rodolfo. 22 de junio de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. Disidente: Fernando de la Fuente.
La publicación no menciona el nombre del ponente.