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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5701
TESTIGOS DE CARGO, NECESARIA COMPARECENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5701
Si el Juez del proceso, no obstante la petición del acusado, acordada de conformidad, no hizo comparecer a los testigos de cargo, con el propósito de hacerles algunas preguntas sobre los hechos que se imputan al acusado, se violan en perjuicio de éste, las prevenciones de la fracción V del artículo 20 constitucional y fracción IV del 160 de la Ley de Amparo, procediendo conceder éste sólo para el efecto de que se reponga el procedimiento y se reciban dichas pruebas.
Precedentes
Amparo penal directo 1264/43. Almazán Fausto.- 24 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.