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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6038
TESTIGOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6038
Si las declaraciones de los testigos son a todas luces faltas de verdad, el juzgador no incurre en violación de garantías, si desestima sus dichos.
Precedentes
Amparo penal directo 9072/42. Aragón Osorio Jesús.- 28 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.