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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307631
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6403
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6403
Es violatorio del artículo 19 constitucional, si no hay indicio alguno en contra del acusado, que haga suponer que le resulta responsabilidad en el delito que se le imputa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2823/43. Paz J. Guadalupe.- 30 de junio de 1943.- Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.