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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 197
QUERELLA DE LA MENOR OFENDIDA (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 197
La minoridad de la ofendida no resta valor legal a su querella, puesto que no se trata del ejercicio de acción civil alguna, que es la única que no puede entablar una menor de edad, sin los requisitos legales.
Precedentes
Tomo LXXV, página 9364. Indice Alfabético. Amparo directo 9742/41. Herrera Miguel y coagraviados. 6 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Fernando de la Fuente.
Tomo LXXV, página 197. Amparo penal directo 9740/41. Herrera J. Jesús. 6 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.