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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 659
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 659
El artículo 19 constitucional, no exige como requisito para la procedencia del auto de formal prisión, la práctica de los careos dentro del término en que dicho auto debe dictarse, sino que tales careos deben practicarse durante la instrucción, máxime si no son indispensables para la procedencia del auto de formal prisión o de sujeción a proceso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7637/42. Popovitzky Boris P. 11 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.