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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1587
SENTENCIAS DE AMPARO, PRECEDENTES SENTADOS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1587
Si en un amparo se reclaman sustancialmente los mismos actos que se reclamaron en diversa demanda, promovida por otra persona y que fue desechada por improcedente, puede afirmarse que la cuestión planteada por el quejoso ya fue resuelta en definitiva, a través de la ejecutoria anterior, de manera que es ocioso volver a estudiarla, y por otra parte resultaría absurdo suspender los mismos actos reclamados, con desconocimiento absoluto de lo resuelto en la primera ejecutoria.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7239/42. Silva y Piña Joaquín. 20 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.