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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2257
SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2257
Si contra una parte de la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito, la autoridad responsable no expresa agravios, no cabe modificarla en ese punto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4062/42. Collí Severino y coags. 28 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.