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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2487
DISPARO DE ARMA DE FUEGO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2487
El Código Penal del Estado de Jalisco define éste delito por los siguientes elementos: "que alguien dispare sobre otra persona, un arma de fuego", es decir, no basta que se haga uso del arma sino que el disparo vaya dirigido sobre otra persona, independientemente de que se le cause, o no, daño, y si por las declaraciones del querellante se ve que no estaba enfrente o a la vista del acusado, cuando éste hizo los disparos, no puede configurarse el delito, puesto que el ofendido no se encontró al alcance de tales disparos.
Precedentes
Amparo penal directo 9228/42. Campos Nájar Juan. 30 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.