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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2924
TESTIGOS, OBJECIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2924
Los objeciones que pueden hacerse a los testigos, tachándolos de parciales por las ligas de parentesco y servidumbre que los unen con el ofendido, resultan inconsistentes, cuando dado el lugar de comisión de los hechos, dichas personas fueron las únicas presenciales de los mismos y consecuentemente, las mejor capacitadas para relatarlos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 601/42. Carrillo Lara Pastor. 3 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.