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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3936
ROBO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3936
Tratándose de este delito, no es menester demostrar, al tiempo de dictarse el auto de formal prisión, quién es la persona perjudicada por dicho delito, pero sí es preciso justificar la existencia de la infracción, por cualquier de los medios reconocidos por la ley procesal respectiva.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4601/42. Martínez José S. 15 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.