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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4271
MALA CONDUCTA DEL PROCESADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4271
La estimación de mala conducta del procesado no puede derivarse de la circunstancia de haberse visto envuelto en ocasiones anteriores, en la averiguación de otros delitos, si no fue declarado culpable y, el hecho de que antes haya cometido el mismo delito, contra la misma persona no basta para agravar la pena; y si el arbitrio judicial se usó en pugna con lo establecido por la ley penal, haciendo imposible el beneficio de la condena condicional, es procedente conceder la protección federal, para que se dicte nueva pena que se ajuste estrictamente a la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 7368/42. Ruiz Ruiz Francisco. 18 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.