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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5369
PREMEDITACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5369
El hecho de que el inculpado de resistir a la policía, haya penetrado a su domicilio para proveerse de un arma, no puede configurar por sí solo la calificativa de la premeditación, pues para ella, se necesita un transcurso de tiempo entre la resolución criminal y la ejecución del hecho de sangre, durante el cual el agente haya madurado su determinación, y estas circunstancias se apartan del caso en que el reo obedece al impulso momentáneo de proveerse de un arma para agredir al policía que frustraba su propósito de reñir.
Precedentes
Amparo penal directo 9112/42. Rangel Escalera Brígido. 4 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.