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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5756
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5756
La suspensión no puede decretarse para que tenga efecto la entrega de un inmueble en litigio, pues en tal caso, se le darían efectos restitutorios, y en esa virtud, debe revocarse la resolución del Juez de Distrito que la concedió.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 170/43. Cilia Pérez Hermenegildo. 8 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.