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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6577
SUSPENSION, MATERIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6577
Aun cuando el quejoso haya sufrido un error al señalar el acto reclamado, si de todas maneras éste se identificó, la suspensión concedida contra el acto no puede causar agravio alguno a la autoridad responsable.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 9543/42. Cardoso e Izquierdo Vicente. 13 de marzo de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.