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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7006
DOCUMENTOS INDUBITABLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7006
Si tratándose de un delito de falsificación de documentos, el Ministerio Público señala como indubitables algunos escritos firmados por la persona cuya firma se falsificó, y el reo no hizo objeción alguna ni interpuso ningún recurso, consintió tácitamente en que se tuvieron como indubitables tales documentos.
Precedentes
Amparo penal directo 866/41. Pichardo Juárez Alberto y coags. 18 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.