Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/307917
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7018
LIBERTAD, ILEGAL PRIVACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7018
Aunque el artículo 364 del Código Penal del Distrito, tratándose del delito de privación ilegal de la libertad, hable de arresto o detención en cárcel privada, dicho artículo dice también que ese arresto o detención puede llevarse a cabo en cualquier otro lugar, sin especificación o condición alguna; y el artículo 366 del mismo código, determina que se impondrán de cinco a veinte años de prisión y multa de cien a mil pesos, cuando la detención arbitraria tenga el carácter de plagio o secuestro, en alguna de las formas que el mismo artículo especifica, entre ellas, cuando se haga uso de amenazas graves, de maltrato o de tormento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6757/42. Díaz Gutiérrez Garduño Juan. 18 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.