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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7618
EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7618
Si se demuestra que el acusado participó en el delito, por haber prestado con los hechos que ejecutó, un auxilio o cooperación al autor principal, mediante concierto entre ellos, aunque no se pueda determinar desde luego si tal concierto fue previo o posterior a la consumación del delito, ni cuáles fueron los alcances de esa cooperación, no es posible admitir que se encuentra comprobada la excluyente prevista en el artículo 15, fracción IX inciso b), del Código Penal del Distrito, que se refiere precisamente a los actos de encubrimiento especificado.
Precedentes
Amparos penales en revisión (acumulados) 9125/42. Cuéllar Blanco Alfredo y Lozano Lozano Lizardo. 25 de marzo de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Ortiz Tirado y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.