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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8336
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8336
Uno de los elementos del delito de destrucción en propiedad ajena, es que la cosa pertenezca a persona distinta de quien verifica los actos dañosos; de manera que si de las constancias del informe justificado, no aparece que la propiedad de los terrenos deba atribuirse a un tercero, se hace imposible la comprobación del cuerpo del delito de que se trata, sin que pueda convalidar el vicio, la existencia de un contrato de aparcería celebrado entre el que se dice perjudicado y un tercero, porque tal contrato no es eficaz para atribuir la propiedad sobre el terreno que versa; tanto más, si en el caso existen pruebas suficientes que hacen presumir la propiedad del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 10075/42. Quechol María Julia. 31 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.