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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 307988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 609
TRASLACION DE REOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 609
Si la petición para que se traslade a un reo de un Estado a otro, emana de las autoridades administrativas, la orden de traslado es notoriamente inconstitucional, porque el artículo 119 de la Constitución, exige para la extradición de delincuentes, el cumplimiento en normas y procedimientos que sólo corresponden a las autoridades de carácter judicial.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3162/42. Ortiz Rubio Fernando. 8 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.