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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 774
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 774
La Suprema Corte ha sostenido en algunas ejecutorias el criterio de que la legítima defensa se aparta por completo del sentimiento de venganza, pues es obvio admitir que en el primer caso, el agredido delinque persiguiendo lisa y llanamente la defensa de su persona, de su vida, de su honor o de sus intereses, y en el segundo, obedece al impulso de hacerse justicia por sí mismo, desahogando una pasión insana.
Precedentes
Amparo penal directo 9475/41. García Dionisio. 9 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.