Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308044
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2599
HOMICIDIO COMETIDO POR VARIOS INDIVIDUOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2599
El artículo 285 del Código Penal del Estado de México previene que cuando el homicidio se ejecuta por varios individuos y las lesiones causadas no fueren mortales sino por su número no se puede averiguar quiénes las infringieron, se aplicarán de dos a cuatro años de prisión a todos los que hubieren atacado al occiso; pero la fracción II del citado artículo, manda que cuando todas las lesiones causadas sean mortales y constare quiénes fueron los responsables, a todos se les considerará como homicidas, aplicándoseles la pena correspondiente, según las características del delito, y la sentencia que así lo decida, no puede reputarse violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 5645/42. García Felipe. 29 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.