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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4693
CICATRICES NOTABLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4693
Si no se establece la notabilidad de las cicatrices consecuencia de una lesión, por medio de la fe judicial o por alguna otra adecuada, no puede imponerse la sanción correlativa y las lesiones deben considerarse como simples y sancionarlas únicamente en vista del tiempo que duran en curar.
Precedentes
Amparo penal directo 6917/42. López Margarito. 19 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXIV, página 7040. Indice Alfabético. Amparo directo 6597/42. Bonilla Martínez Ramón. 19 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.