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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5782
ABUSO DE CONFIANZA (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5782
Esta figura delictiva se encuentra prevista en los artículos 416, 417 y 418 del Código Penal de San Luis Potosí, y estriba en que alguien, valiéndose de un medio, o aprovechándose de una ocasión que no tendría sin la confianza que en él se ha depositado y que no procuró granjearse con ese fin, disponga, dolosamente y con perjuicio de otro, de cualquiera cosa ajena, de la cual se le haya transferido la tenencia, y no el dominio; pero conforme al Código de Procedimientos Penales de dicho Estado, el abuso de confianza se demuestra sólo por la comprobación de los hechos que lo constituyen, o por la confesión del inculpado, y el auto de formal prisión que se decrete sin estar cumplidos estos requisitos, es violatorio del artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7286/42. Romo Josefina. 2 de diciembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.