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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308166
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5867
DETENCION ILEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5867
Cuando no se trata de flagrante delito, no se puede proceder a la detención si no lo solicita el Ministerio Público y sin haberse reunido los requisitos fijados por el artículo 16 de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo penal directo 6483/42. Chacón Elfego. 3 de diciembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.