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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6409
FACULTADES EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6409
Las facultades extraordinarias, concedidas al presidente de la República, para legislar en materia de crédito, se extienden a las diversas ramas del derecho que se relaciona con el crédito en general, ya que éste puede tener consecuencias civiles, mercantiles, penales, al otorgarse facultades al Ejecutivo, no se restringieron concretándolas a determinada rama del derecho.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5615/42. Martínez Moguel Mario. 9 de diciembre de 1942. Mayoría de tres votos. Disidentes: Téofilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.