Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308211
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6763
PERMISOS DE RUTA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6763
Indiscutiblemente existe utilidad pública en que se desarrollen las comunicaciones indispensables para el comercio y para el beneficio colectivo, sin que deban tomarse en cuenta las razones de que los nuevos permisos provocan la competencia; pues la Constitución, precisamente al prohibir los monopolios permite la libre concurrencia, existiendo interés general en que haya el mayor número de transportes públicos, tanto más, si el reclamante no demuestra que por el otorgamiento de los nuevos permisos, se establezca una competencia ruinosa, y por lo mismo, debe negarse la suspensión que se pida contra el otorgamiento de los nuevos permisos de ruta.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4095/41. Sociedad Cooperativa Limitada de Auto Transportes México-Morelia- Guadalajara, "Ala de Oro". 3 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.