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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
308245
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 629

CONDENA CONDICIONAL EN CASO DE LENOCINIO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 629

Precedentes

Amparo penal directo 418/42. Medrano Marconi María Remedios. 9 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, jurisprudencia 65, página 151, de rubro "CONDENA CONDICIONAL Y LENOCINIO.", y la primera tesis relacionada con la jurisprudencia 65, página 152, de rubro "CONDENA CONDICIONAL. BUENA CONDUCTA (LENOCINIO).".
Registro digital (IUS): 308245