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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 629
LENOCINIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 629
Si en la casa en que se dice que las empleadas se dedican a dar masaje, no se encontraron ningunos instrumentos propios para esa operación, y existen declaraciones bastantes para sostener que en la citada casa se ejercía el lenocinio, es evidente que la explicación de que sólo se dedicaban a dar masaje, no puede exculpar a la persona que regentea el establecimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 418/42. Medrano Marconi María Remedios. 9 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.