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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 993
DROGAS ENERVANTES, SUSPENSION DE LA FACULTAD PARA PRESCRIBIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 993
El Departamento de Salubridad Pública puede suspender la facultad de prescribir drogas enervantes, a los médicos y demás profesionistas autorizados, por el tiempo que estime conveniente, cuando no se le acredite, en casos concretos, que haya habido necesidad de prescribir narcóticos; pero tal atribución no abarca los casos de suspensión por tiempo ilimitado, ni tampoco los de fijación del número de recetarios durante un año.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2787/42. Flamet Jules Michael Ralph. 13 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.