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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1185
PARIENTES DEL ACUSADO, TESTIMONIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1185
Si se recibe el testimonio de la esposa e hijos del acusado, sin hacerles la advertencia de lo que previene la ley procesal, sobre de que pueden abstenerse de declarar, tal omisión no afecta el contenido de sus declaraciones, ni pueden dejar de ser admitidas, si fueron producidas voluntariamente y, además, concuerdan, en esencia, con lo confesado por el reo.
Precedentes
Amparo penal directo 4174/41. Espejel Magdalano. 15 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.