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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1374
OFENDIDO Y FAMILIARES DEL, TESTIMONIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1374
La circunstancia de que los únicos testigos de cargo contra el reo, sean el propio ofendido y sus familiares, no es motivo para invalidar sus testimonios, pues la ley no señala tachas para estos testigos, sino que deja su estimación al arbitrio del juzgador, tanto más, si es imposible obtener otros testimonios de personas ajenas a los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 2391/41. Rosas Mordoño y coagraviado. 16 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIV, página 2078, tesis de rubro "OFENDIDO Y SUS PARIENTES, VALOR DE SUS DICHOS.".