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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2628
REINCIDENCIA (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2628
La Legislación de Sonora establece la reincidencia, no sólo para los delitos intencionales, sino también para los de culpa, por lo que si se niega la condena condicional al acusado, por razón de haber cometido antes otro delito de imprudencia, la decisión del Juez es ajustada a la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 3729/42. Fornés Daniel. 30 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.