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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3829
AUTO DE FORMAL PRISION, PRUEBAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3829
No es en el auto de formal prisión donde debe hacerse el balance de las pruebas favorables y desfavorables al acusado, para ver cuáles de ellas han de prevalecer, pues esto es propio de la sentencia que se dicte en el proceso, y en tal virtud, para la constitucionalidad del auto de formal prisión, en relación con la presunta responsabilidad, no deberán apreciarse en el amparo relativo, pruebas que no tuvo presente el Juez de lo Penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1959/42. Castillo Gumersindo. 14 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.